Sabemos que es difícil y confuso cuando un trabajador social de Respuesta Alternativa de las Investigaciones de Protección de Menores (CPI, por sus siglas en inglés) se pone en contacto con usted para hablar de su familia. Esta guía le ayudará a entender cómo trabajaremos con usted y su familia.

¿Quién es el programa de Investigaciones sobre Protección de Menores (CPI)?

Las Investigaciones sobre Protección de Menores es un programa del Departamento de Servicios para la Familia y de Protección de Texas (DFPS, por sus siglas en inglés). Antes formaba parte de los Servicios de Protección de Menores (CPS, por sus siglas en inglés) y sigue colaborando estrechamente con los CPS.

La ley estatal exige que CPI investigue las denuncias de maltrato o negligencia infantil para proteger a los menores. La ley estatal también exige que toda persona que tenga una razón para creer que un menor fue víctima de abuso o negligencia por parte de alguien responsable del cuidado del menor informe sus preocupaciones al DFPS.

¿Qué ocurre cuando el CPI recibe un informe sobre mi familia?

Las Investigaciones sobre Protección de Menores incluyen dos programas para investigar las denuncias de abuso o negligencia de menores: Respuesta Alternativa e Investigaciones. Tanto en las investigaciones tradicionales como en la Respuesta Alternativa se investigan las denuncias de abuso y negligencia de menores por parte de los padres u otros miembros de la familia o del hogar. Una investigación tradicional determina si alguien abusó de un niño o lo descuidó, y los resultados se registran en un registro central. Las personas confirmadas como perpetradoras de abuso o negligencia en las investigaciones tradicionales pueden impugnar las conclusiones.

¿Qué es la Respuesta Alternativa?

Respuesta Alternativa es diferente de una investigación tradicional. Se trata de una colaboración entre usted y su trabajador social para abordar los problemas que hicieron que el CPI se involucrara con su familia. Respuesta Alternativa:

  • No les culpa a las familias.
  • Reconoce las fortalezas y capacidades de su familia.
  • Mantiene a los niños a salvo.
  • Proporciona servicios y recursos para ayudar a satisfacer las necesidades de su familia.
  • Ayuda a conectar a su familia con su comunidad.

La Respuesta Alternativa se basa en la creencia de que los padres aman a sus hijos y quieren que estén seguros, y que las familias pueden permanecer unidas si reciben la ayuda que necesitan. El programa Respuesta Alternativa puede proporcionar esa ayuda.

Si usted es padre, madre o tutor legal en el hogar donde se alega abuso o negligencia y está siendo entrevistado en un caso de Respuesta Alternativa, tiene derecho a:

  • No hablar con ningún agente del DFPS sin la presencia de un asesor legal.
  • Conocer las quejas o alegaciones del informe.
  • Obtener y recibir asistencia de un abogado por cuenta propia.
  • Tener un abogado designado por el tribunal si es un padre/madre indigente y el DFPS entabla un juicio para retirar a su hijo(a) o un juicio para la participación obligatoria en los servicios.
  • Contar con la presencia de un asesor legal antes de permitir que el investigador entre en el domicilio o entreviste al menor.
  • Negarse a permitir que el investigador entre en el domicilio o entreviste al menor sin una orden judicial.
  • Grabar la entrevista en audio o vídeo para su propio registro. Cualquier grabación de audio o vídeo que usted haga puede estar sujeta a divulgación al DFPS, a las fuerzas del orden público o a otra parte a través de una citación bajo orden judicial. Por ley, las grabaciones de audio o vídeo de la entrevista no deben publicarse en ningún sitio web de manera que puedan identificar a alguien involucrado en la entrevista.
  • Recibir una copia de la política de grabación del DFPS (Manual del CPS, 2248.3 Grabación de entrevistas de un adulto).
  • No permitir la divulgación de expedientes médicos o psiquiátricos.
  • No permitir que se le realicen exámenes médicos o psicológicos al menor.
  • Negarse a someterse a un análisis de drogas.
  • Consultar con un asesor legal antes de aceptar cualquier plan de seguridad propuesto.

Al concluir la investigación, si el DFPS determina que usted ha maltratado o abandonado a un menor, puede solicitar una revisión administrativa de las conclusiones de la investigación conforme al Código de Familia de Texas § 261.309.

Cualquier declaración o confesión que haga a cualquier persona puede ser utilizada en su contra:

  • En una causa penal.
  • Como base para retirar al menor sujeto de la investigación o cualquier otro menor de su cuidado, custodia y control, ya sea temporal o permanentemente.
  • Como base para poner fin a su relación con el menor sujeto de la investigación o con cualquier otro menor bajo su cuidado, custodia y control.

¿Cómo funciona la Respuesta Alternativa?

Solemos empezar por escucharle, hablar de la situación de su familia, e intentar encontrar soluciones que le ayuden a mantener a salvo a su hijo.

El trabajo de su trabajador social consiste en conocer las respuestas a dos preguntas básicas:

  • ¿Qué causó los problemas actuales?
  • ¿Cómo podemos colaborar para abordar y resolver estos problemas?

Durante el caso de Respuesta Alternativa, su trabajador social:

  • Se pondrá en contacto con usted, por teléfono o en persona, en las 24 horas siguientes a la recepción de su caso para concertar una cita con su familia. Si su caso se asigna fuera del horario laboral normal o en días festivos, el trabajador social se pondrá en contacto con usted al final del siguiente día laborable.
  • En los cinco días siguientes a la recepción de su caso, el trabajador social se reunirá con usted y su familia, y con cualquier otra persona que usted quiera que asista, para hablar de los motivos de preocupación que se denunciaron.
  • Hablará con sus hijos individualmente y grabará sus entrevistas.
  • Hablará con profesionales y otras personas que estén implicadas o apoyen a su familia para recabar información adicional sobre la situación.

Su trabajador social podría:

  • Tomar fotos de sus hijos si tienen heridas.
  • Trabajar con usted para desarrollar un plan que ayude a mantener a salvo a sus hijos.
  • Pedirle que participe en servicios que beneficien a su familia.

Su trabajador social ayudará a su familia a encontrar soluciones y no le culpará ni le calificará por lo ocurrido. Su trabajador social estará allí para apoyar a su familia a medida que avanza.

Esperamos que los servicios y la información que ofrecemos le ayuden a resolver los problemas y a encontrar nuevas formas de cuidar a sus hijos que no les perjudiquen ni les pongan en peligro de sufrir abusos o negligencia.

La comunicación clara y honesta es muy importante. Por favor, pregunte a su trabajador social si tiene alguna duda sobre lo que se está diciendo. Si todavía no queda claro, puede pedir hablar con el supervisor de su trabajador social. Informe a su trabajador social si tiene problemas para escuchar o entender el inglés, para que podamos proporcionarle un intérprete. Dígale también al trabajador social si su hijo es nativo americano o nativo de Alaska. Esto puede afectar a los requisitos legales de su caso.

¿Cuánto tiempo tengo para decidir si la Respuesta Alternativa es adecuada para mí y mi familia

Su participación es voluntaria, pero debe decidirlo durante el primer contacto cara a cara con su familia. CPI llevará a cabo una investigación tradicional si nos preocupa la seguridad de su hijo y usted decide no participar en el programa de Respuesta Alternativa.

¿Cuántas veces visitará mi casa el trabajador social?

Usted y su trabajador social decidirán esto juntos. Su trabajador social estará en contacto regular con usted y deberá ver a su familia en persona al menos cada 30 días desde el inicio de su caso. Usted y su trabajador social pueden hablar más sobre lo que esto significa y lo que les conviene más a los dos.

Manténgase en contacto con su trabajador social y mantenga a CPI al tanto sobre cualquier cambio en su dirección o información de contacto. Si CPI pierde contacto con usted mientras su caso está abierto, la ley exige que su trabajador social haga esfuerzos diligentes para localizar a su familia. Esto puede incluir pedir ayuda a las fuerzas del orden público para encontrarte.

¿Cuánto durará mi caso de Respuesta Alternativa?

Usualmente, 60 días o menos. Puede tardar un poco más si necesita más tiempo para completar los servicios que le ayudarán a mantener a su hijo a salvo.

A veces, tras recabar más información, CPI puede decidir que su caso ya no reúne los requisitos para acogerse al programa de Respuesta Alternativa. Si eso ocurre, CPI llevará a cabo una investigación tradicional. Su trabajador social se lo comunicará de inmediato y le explicará por qué. CPI determinará si su hijo fue víctima de abuso o negligencia. En caso afirmativo, CPI también determinará quién es el responsable y documentará los resultados.

Si CPI determina que usted abusó o descuidó a un menor, tiene derecho a apelar solicitando una revisión administrativa. La carta que CPI le envía al final de la investigación le explicará cómo solicitar una revisión.

¿Hablará CPI con las fuerzas del orden público?

La ley exige que CPI informe a los organismos encargados de hacer cumplir la ley sobre las denuncias de abuso o negligencia, incluso si CPI incluye a su familia en el programa de Respuesta Alternativa. Corresponde a las fuerzas del orden público decidir si llevarán a cabo una investigación penal. Puede ponerse en contacto con las fuerzas de orden público local para preguntar sobre una investigación penal. También puede ponerse en contacto con la policía local si cree que alguien ha presentado una denuncia falsa contra usted.

¿Qué es una reunión del equipo familiar (FTM, por sus siglas en inglés)?

CPI sabe que todas las familias tienen sus fortalezas, conocen mejor a sus menores y quieren que estén seguros. Por eso podemos pedir ayuda a otros miembros de su familia si creemos que su hijo no está seguro. Su trabajador social puede pedirle que asista a una reunión del equipo familiar. Las reuniones del equipo familiar son voluntarias. Puede solicitar una en cualquier momento del caso si cree que le ayudará a encontrar una manera de mantener a su hijo a salvo. Usted elige quién asistirá a esta reunión, que puede incluir a amigos, familiares, y cualquier servicio comunitario con el que esté trabajando (terapeuta, etc.).

En esta reunión:

  • Se anima a todas las personas a hablar abiertamente sobre cuestiones de seguridad infantil.
  • Usted, su familia y otras personas elaboran juntos un plan para mantener a salvo a su hijo.

¿Qué es un plan de seguridad?

Un plan de seguridad es un acuerdo voluntario entre usted y CPI sobre cómo mantener seguro a su menor. Usted tiene derecho a consultar con un abogado antes de aceptar cualquier propuesta de plan de seguridad voluntario.

Este plan requerirá que usted sea supervisado cuando esté con su hijo o requerirá que usted y su hijo se alejen de cualquier peligro. Si CPI determina que usted necesita ser supervisado cuando está con su menor, su trabajador social trabajará con usted para determinar quién lo hará. Puede recomendar a un familiar o amigo, pero CPI debe aprobar su elección. Debe estar de acuerdo en que el plan de seguridad no entre en conflicto con ninguna orden judicial existente. Si usted está afectado(a) por una orden judicial, entonces todos los afectados por la orden judicial tienen que estar de acuerdo con el plan de seguridad de forma temporal. Un plan de seguridad puede ser creado en cualquier momento durante un caso cuando se identifica un peligro. Si se rompe este acuerdo, CPI tomará las medidas oportunas para garantizar la seguridad de su menor.

¿Qué es una colocación parental de seguridad Infantil iniciada por la familia (PCSP, por sus siglas en inglés)?

El objetivo principal de CPI es que usted y su hijo permanezcan juntos en el mismo hogar. Sin embargo, a veces no es posible que un familiar o amigo aprobado viva con usted para cumplir los requisitos de un plan de seguridad. Cuando esto sucede, usted puede solicitar una colocación parental de seguridad infantil iniciada por la familia. Una colocación parental de seguridad infantil iniciada por la familia es cuando usted y su familia deciden que lo que le conviene más a su hijo es vivir con un familiar o amigo sin usted en el mismo hogar. CPI requerirá que usted sea supervisado por su familiar o amigo durante todas las visitas con su menor. Usted tiene derecho a negarse y consultar con un abogado antes de aceptar cualquier propuesta de colocación parental de seguridad infantil iniciada por la familia.

¿Quién sabrá lo que hay en los expedientes del DFPS sobre mí?

La ley estatal requiere que el DFPS mantenga el informe y su caso confidenciales. Sin embargo, el DFPS debe proporcionar información a las personas que fueron investigadas, a los padres de la víctima, a las autoridades policiales y judiciales, y a las fiscalías del condado o del distrito. CPI puede usar la información de su caso para sus propios fines, incluyendo una investigación futura si resulta necesario. CPI, con aprobación suya, compartirá información con quienes le presten servicios. Por ejemplo, un terapeuta necesita saber los detalles del abuso o negligencia para proporcionar terapia. CPI facilitará a los familiares u otras personas que cuiden de su hijo cualquier información que necesiten para satisfacer las necesidades del menor. Esto puede incluir información sobre el maltrato o negligencia que ha sufrido el menor. Finalmente, por ley estatal, CPI debe divulgar al público ciertos detalles de las investigaciones de muertes de niños.

¿Puedo saber qué contiene mi expediente de CPI?

Sí, usted puede obtener una copia de la información sobre su caso and la mayoría de las situaciones. El DFPS determinará si cumple los requisitos. Si es así, habrá un costo, y DFPS puede remover alguna información que usted no tenga derecho a tener. Por ejemplo, la ley estatal no permite que el DFPS le dé el nombre de la persona que denunció el maltrato o negligencia de menores.

Usted no podrá obtener una copia de la información que figura en el expediente de su caso si cualquiera de las siguientes situaciones es cierta:

  • La información provino de otra fuente y su divulgación no está permitida por la ley estatal.
  • La divulgación de la información pondría en peligro una investigación penal en curso o la seguridad de cualquier persona.
  • Hay procesos judiciales pendientes y el abogado que representa a CPI determina que CPI no puede darle la información a usted.

Puede obtener el formulario que necesita para solicitar una copia de sus expedientes de CPI en su oficina local de CPI o buscando “my case record” en el sitio web del DFPS. El DFPS utiliza tarifas preestablecidas para determinar el costo de una copia de sus expedientes. Le informaremos del costo en el momento de su solicitud.

¿Qué puedo hacer si tengo problemas con el trabajador de mi caso o con mi caso?

En primer lugar, hable con el trabajador social para ver si puede resolver el asunto. Si no puede resolver sus preocupaciones, hable con el supervisor del trabajador social. Si cree que CPI no siguió sus políticas durante el proceso de Respuesta Alternativa, también puede ponerse en contacto con la Oficina de Asuntos del Consumidor del DFPS para hablar sobre sus preocupaciones.

  • Por teléfono: llamada gratuita (800) 720-7777
  • Por fax: (512) 339-5892
  • Por correo electrónico: OCA@dfps.texas.gov
  • A través de la página «Contact Us» («Contáctenos») del sitio web del DFPS

¿A quién debo informar si tengo una discapacidad?

La ley estatal requiere que CPI considere cualquier discapacidad que usted tenga que pueda afectar su habilidad para participar activamente en su caso, incluyendo la forma en que su trabajador social se comunica y trabaja con usted. Puede solicitar adaptaciones razonables a su trabajador social. CPI toma las medidas apropiadas para asegurarse de que usted entienda lo que está pasando en su caso y para darle la misma oportunidad que a cualquier otro padre/madre de demostrar que puede cuidar de su hijo(a).

Si cree que CPI le ha discriminado por su discapacidad, póngase en contacto con la Oficina de Derechos Civiles de la Comisión de Salud y Servicios Humanos de Texas para presentar una queja utilizando la información de contacto que aparece a continuación:

HHSC Civil Rights Office 701 W. 51st St.
Código postal W206
Austin, Texas 78751(512) 438-4313 o (888) 388-6332
HHSC Civil Rights Office

Si usted es sordo, tiene una pérdida de audición, o tiene un impedimento del habla, puede llamar a cualquier oficina de Salud y Servicios Humanos de Texas utilizando el servicio de retransmisión de su elección. También puede usar Retransmisión de Texas marcando 7-1-1 o (800) 735-2989.

¿Cómo puedo ponerme en contacto con mi trabajador social?

Su trabajador social le proporcionará la información de contacto a continuación.

Trabajador social:

Teléfono:

Supervisor(a):

Teléfono:

Dirección de la oficina:

Dirección de correo electrónico:

Si desea más información sobre el Departamento de Servicios para la Familia y de Protección de Texas, visite nuestro sitio web en www.dfps.texas.gov.

Leyes estatales

Las referencias a la legislación estatal en esta guía proceden en su mayoría del Código Familiar de Texas. 'Seleccione «Family Code» («Código Familiar») y, a continuación, el capítulo que busca, por ejemplo:

  • Capítulo 261, Investigación de denuncias de abuso o negligencia infantil.
  • Capítulo 262, Procedimientos en juicios entablados por entidades gubernamentales para proteger la salud y la seguridad infantil.
  • Chapter 263, Revisión de la colocación de los menores bajo el cuidado del Departamento de Servicios para la Familia y de Protección.

Más información

Recursos adicionales

¿Está enojado(a), triste, avergonzado(a) o estresado(a) porque CPI fue a su hogar? CPI está tratando de determinar si su menor está seguro y, si no, para ayudarle a encontrar maneras de asegurar que su menor está seguro en su cuidado. La Guía de recursos para padres fue desarrollada por la Comisión de Menores de la Corte Suprema de Texas. Puede ayudarle a encontrar respuestas a sus preguntas.

La línea de ayuda familiar (Centro de Servicios Legales de Texas)

Puede anticipar que los abogados de la línea de ayuda responderán a sus preguntas sobre información legal básica acerca del proceso de CPI en lo que se relaciona a su situación. Los abogados explicarán los términos del CPI que los padres y cuidadores pueden anticipar oír. Explicarán el proceso de CPI y le indicarán los recursos locales que podrían ayudarle. Los abogados de la línea de ayuda escucharán cuidadosamente sus problemas, miedos, y preocupaciones. Serán receptivos, pacientes, y darán información legal. No le darán asesoramiento jurídico ni le representarán. Todas las llamadas son anónimas.

  • Para llamadas: (844) 888-6565
  • Horario de atención: De lunes a viernes, de 9 a.m. a 6 p.m.

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