Los Niños son Inocentes: Cuídelos

Un grito silencioso de auxilio

Aun cuando su vida corre peligro, algunos niños no lloran ni piden ayuda cuando la necesitan, o no pueden hacerlo. Miles de niños que sufren maltrato y descuido son demasiado pequeños, están asustados o simplemente demasiado confundidos como para decírselo a alguien. El sufrimiento puede durar años sin que nadie se dé cuenta, perjudicando permanentemente su salud y desarrollo, o peor aún, cobrando vidas inocentes.

Usted puede darse cuenta de los síntomas del maltrato y descuido si sabe en qué fijarse. Una de las señales puede ser la apariencia o el comportamiento del niño, de la persona que lo cuida o de sus padres. Si cree que un niño es víctima del maltrato, tiene que hacer algo por él. Es importante que denuncie sus sospechas ante las personas responsables de la investigación de casos de maltrato y descuido. Llame al 1-800-252-5400.

           
De acuerdo con la ley

Texas tiene leyes civiles y penales para proteger a los niños del maltrato y descuido. Si sospecha que un niño es víctima del maltrato o descuido, la ley exige que haga una denuncia. [Código Familiar de Texas, 261.101(a)]. Si el presunto maltrato o descuido involucra a una persona responsable del cuidado, la custodia o el bienestar del niño, o a alguien que vive en el hogar con el niño, usted debe comunicarse con el Departamento de Servicios para la Familia y de Protección de Texas (DFPS). Servicios de Protección al Menor (CPS), una división del DFPS, tiene la responsabilidad de llevar a cabo investigaciones civiles de posible maltrato o descuido ocasionado por personas que cuidan al niño o que viven en el hogar. También puede denunciar el maltrato o descuido ante cualquier autoridad judicial o policial local o estatal. En la mayoría de los casos, las autoridades judiciales o policiales son las partes responsables de llevar a cabo las investigaciones criminales, que generalmente se enfocan en la persona que lastimó o puso en peligro al niño (Código Familiar de Texas, Sección 261.103).

Si actúa de buena fe cuando hace la denuncia o da información durante una investigación de CPS, por ley usted recibe protección contra acción legal. Sin embargo, si denuncia su propio maltrato o descuido de un niño o actúa de mala fe o con malas intenciones cuando denuncia el presunto maltrato o descuido de un niño, no tiene protección contra responsabilidad civil o penal (Código Familiar de Texas, Sección 261.106). Es un delito penal no denunciar sus sospechas de maltrato o descuido (Código Familiar de Texas, Sección 261.109).

Es un delito penal no denunciar sus sospechas de maltrato o descuido (Código Familiar de Texas, Sección 261.109).

Para hacer una denuncia ante el DFPS, llame gratis desde cualquier parte de Texas a la línea directa las 24 horas al 1-800-252-5400. Si está fuera de Texas, llame al (512) 834-3784 y la recepcionista le pedirá a un trabajador que le devuelva la llamada. Lo importante es llamar y denunciar sus sospechas. Recibirá un número de identificación que comprueba que hizo la llamada. Puede volver a llamar y usar el mismo número de identificación para dar información adicional sobre el mismo caso. Se aceptan llamadas anónimas, pero estas llamadas no reciben un número de identificación. La identidad de la persona que hace la denuncia es confidencial y no se revela a nadie mas que a las autoridades judiciales y policiales, a menos que una corte ordene que se divulgue (Código Familiar de Texas 261.201).

Demasiados niños son víctimas

En el año 2002, el DFPS investigó 125,258 denuncias de sospechas de maltrato y descuido de niños. Las investigaciones confirmaron el maltrato o descuido de 55,841 niños por todo el estado. De estos niños, 12,800 fueron víctimas de maltrato físico; 7,290 de abuso sexual; 1,260 de maltrato emocional; 486 de abandono; 2,244 de descuido médico; 6,763 de descuido físico; 24,183 de supervisión negligente; y 815 de padres que se negaron a aceptar sus obligaciones paternales.

Con los años, las estadísticas han demostrado que los niños menores de 4 años son los más vulnerables. Más de la mitad de los niños víctimas tienen menos de 7 años. Para recibir información y estadísticas adicionales y actuales, favor de visitar nuestro sitio en la Red en www.dfps.texas.gov.

Denunciar el maltrato de niños es la ley

Las leyes de Texas exigen que cualquier persona que sospeche que un niño ha sido maltratado o descuidado haga una denuncia de inmediato. Si hay una emergencia, llame al 911 y luego llame al DFPS al 1-800-252-5400, la línea directa para denunciar el maltrato. Si opta por hacer la denuncia por escrito, favor de enviarla por fax al 1-800-647-7410.

Los profesionales deben hacer la denuncia antes de que transcurran 48 horas después de que sospeche por primera vez que un niño ha sido maltratado o descuidado o que es víctima de un delito, como se define en la Sección 21.11 del Código Penal. El profesional no puede delegar la responsabilidad de hacer la denuncia ni depender de otra persona para hacerla (Código Familiar de Texas, Sección 261.101). Los profesionales ya no tienen la obligación de hacer seguimiento a las denuncias orales con una denuncia por escrito, como en el pasado. Los profesionales son, entre otros, maestros, enfermeras, doctores, empleados de un centro de cuidado de niños y otras personas que tienen licencia del estado o que trabajan en un centro operado por el estado o con licencia del estado, y que tienen contacto directo con los niños como parte normal de su trabajo (Código Familiar de Texas, Sección 261.101).

Es importante hacer la denuncia lo más pronto posible. Entre más tiempo pase entre el acontecimiento y la denuncia, más difícil es para CPS llevar a cabo una investigación apropiada y completa y reunir la información necesaria para proteger al niño. Con el tiempo los moretones se curan; las pruebas físicas pueden desaparecerse o volverse confusas; los sucesos se olvidan; y los niños, los padres y las otras personas pueden cambiar de idea sobre qué información dar a CPS.

En algunos casos, puede que usted esté consciente desde hace tiempo de los problemas recurrentes de una familia antes de que empiece a sospechar que la situación ha empeorado y que existe maltrato o descuido. El DFPS sugiere que haga una denuncia si cree que un niño ha sido maltratado o descuidado. No es su responsabilidad probar que definitivamente ocurrió el maltrato o descuido. Si no hace la denuncia porque quiere verificar la situación o reunir más información, puede que el niño sufra un daño más grave.

Ayude a ubicar a un niño

Para investigar una denuncia, CPS tiene que poder ubicar al niño o a la familia. Favor de dar al trabajador que toma la denuncia los nombres de los niños, los padres, los cuidadores o las otras personas involucradas. Aunque sea, favor de dar una descripción del niño y la dirección de la casa, del centro de cuidado o de la escuela donde asiste el niño.

Los profesionales que llaman para hacer una denuncia deben tratar de tener a la mano el expediente del niño para dar nombres, fechas de nacimiento, direcciones, contactos en caso de emergencia, datos relacionados con la salud e información sobre hermanos u otras personas que viven en la casa.

Informe sobre lo que sabe del niño

Cuando haga una denuncia, dé cuanta información pueda sobre la edad y el estado del niño. De ser posible, dé la fecha de nacimiento del niño. Si no la sabe, dé la edad o edad aproximada del niño. Los investigadores de CPS también necesitan información sobre el estado del niño, como lesiones, problemas médicos, discapacidades físicas, desarrollo intelectual y problemas emocionales o de comportamiento. Describa lo mejor que pueda las lesiones e indique dónde se encuentran. Si no hay ninguna lesión visible, describa el dolor, la sensibilidad o los sentimientos del niño, o repita su descripción de la situación. La edad y el estado actual del niño son factores importantes para determinar la gravedad del peligro.

Informe sobre lo que sabe de lo ocurrido

Cuando haga una denuncia, dé información que conteste las preguntas: quién, qué, dónde, cuándo y cómo. Dé cuanta información pueda sobre el estado y bienestar del niño. Puede que haya momentos en que la persona que hace la denuncia tenga poca información porque el acontecimiento que pareció ser maltrato o descuido sucedió en un lugar público, como en un estacionamiento, una tienda, un restaurante o una escuela. Favor de ayudar a CPS a identificar quién es la víctima y el presunto agresor dando una descripción de ambos, incluso la edad aproximada, el número de la placa del carro y los datos de cualquier otra persona que estuvo presente y que podría tener más información.

Haga la denuncia aun cuando tenga dudas

Si no sabe si debe hacer la denuncia, CPS le pide que llame de inmediato y pregunte. El trabajador hablará con usted sobre la situación y le explicará lo que constituye maltrato, descuido y peligro. El trabajador que registra la denuncia le hará preguntas. No se preocupe si no sabe las respuestas a todas las preguntas. El trabajador tiene que reunir toda la información que pueda.

Lo que usted tiene que decir es importante y al personal de CPS le interesa que llame. Aunque la información que dé no se investigue, la llamada se registra en la computadora. Llame de nuevo si ocurre otro incidente de maltrato o descuido. A veces, el niño sobre el cual llama ya tiene un trabajador de casos porque otra persona ya había llamado. Puede que la información que usted presente se agregue al caso que ya está bajo investigación. Aunque CPS no haga un nuevo informe, de cualquier manera la información se tramita.

La información de los clientes se tiene que mantener confidencial y no se puede divulgar a las personas que llaman.

Nota: los trabajadores de CPS necesitan información específica para tomar buenas decisiones sobre si se debe investigar una denuncia o no. Los informes generales de preocupación por el bienestar de un niño muchas veces no son suficientes como para exigir una investigación. Si la denuncia no parece adherirse a las definiciones legales de maltrato o descuido, el DFPS le informará a usted.

El maltrato y el descuido de niños según la ley

En Texas, las definiciones de maltrato y descuido de niños incluyen acciones u omisiones específicas por parte de la persona responsable del cuidado, de la custodia o del bienestar de un niño. Aquí hay definiciones legales importantes de la Sección 261.001 del Código Familiar de Texas.

El maltrato, entre otras cosas, consiste en las siguientes acciones u omisiones por parte de una persona:

  • dañar mental o emocionalmente a un niño de tal forma que perjudique visible y materialmente el crecimiento, desarrollo o funcionamiento psicológico del niño;
  • causar o permitir que el niño esté en una situación en la que sufre un daño mental o emocional, de tal forma que perjudique visible y materialmente el crecimiento, desarrollo o funcionamiento psicológico del niño;
  • causar una lesión física, de tal forma que lastime considerablemente al niño; o permitir que exista el peligro de que el niño se lastime considerablemente a causa de una lesión física, incluso una lesión que no concuerde con el relato o la explicación dada, pero que no sea causada por un accidente que haya tenido o la disciplina razonable impuesta por uno de los padres, el tutor o el tutor principal o posesor que no exponga al niño a un peligro considerable de lastimarse;
  • no hacer un esfuerzo razonable para evitar que una persona haga algo que resulte en una lesión física y que por lo tanto dé lugar al daño considerable del niño;
  • participar en conducta sexual que perjudique el bienestar mental, emocional o físico del niño, incluso conducta que constituya el delito de indecencia con un menor de acuerdo con la Sección 21.11 del Código Penal, asalto sexual de acuerdo con la Sección 22.011 del Código Penal o asalto sexual agravado de acuerdo con la Sección 22.021 del Código Penal;
  • no hacer un esfuerzo razonable para evitar la conducta sexual dañina para los niños;
  • obligar o animar a un niño a participar en conducta sexual como se define en la Sección 43.01 del Código Penal;
  • causar, permitir, animar o participar en la toma de fotografías, la filmación o la representación del niño si la persona sabía o debía haber sabido que dicha fotografía, película o representación del niño es pornográfica u obscena como se define en la Sección 43.21 del Código Penal;
  • causar, permitir, animar o participar en una actuación sexual con un niño o permitir que un niño haga una actuación sexual como se define en la Sección 43.25 del Código Penal;
  • usar en la actualidad una substancia controlada como se define en el Capítulo 481 del Código de Salubridad y Seguridad, de tal manera o hasta tal grado que dicho uso cause a un niño daño físico, mental o emocional;
  • causar, permitir expresamente o animar a un niño a usar una substancia controlada como se define en el Capítulo 481 del Código de Salubridad y Seguridad.
     

El descuido, entre otras cosas, consiste en:

  • dejar, uno de los padres, el tutor o el tutor principal o posesor, al niño en una situación en la que éste se exponga a un riesgo considerable de daño físico o mental, sin hacer arreglos para el cuidado necesario del niño y sin mostrar la intención de volver;
  • los siguientes actos u omisiones por parte de una persona:
    • poner a un niño en, o no retirarlo de, una situación que una persona razonable podría concluir exige un criterio o acciones superiores al nivel de madurez, estado físico o habilidades mentales del niño, y que resulta en una lesión corporal o en un riesgo considerable de daño inmediato al niño;
    • no buscar ni obtener la atención médica ni seguir el tratamiento médico de un niño, y por no hacerlo pone al niño en riesgo considerable de muerte, desfiguración o lesión física, o resulta en el perjuicio visible y material del crecimiento, desarrollo o funcionamiento del niño;
    • no proveer a un niño la comida, la ropa o el alojamiento necesarios para sustentar la vida o la salud, excepto cuando la falta ocurra principalmente por necesidad económica, a menos que se le hayan ofrecido servicios de ayuda y los haya rechazado; o
    • poner a un niño en, o no retirarlo de, una situación en la que estaría expuesto a un riesgo considerable de conducta sexual dañina para el niño; o
  • permitir la persona responsable del cuidado, la custodia o el bienestar del niño que el niño regrese a casa sin hacer los arreglos del cuidado necesarios para el niño, después de que el niño haya estado ausente de la casa por cualquier razón, incluso si estuvo colocado en un centro de terapia o si se fue de la casa.

La persona responsable del cuidado, la custodia o el bienestar del niño es la persona que tradicionalmente es responsable del cuidado, la custodia o el bienestar del niño, incluso:

  • la madre o el padre, el tutor, el tutor principal o posesor o el padre temporal del niño;
  • un miembro de la familia o de la unidad familiar del niño como se define en el Capítulo 71;
  • una persona con la que viven los padres del niño;
  • el personal o un voluntario de la escuela del niño; o
  • el personal o un voluntario de un centro de cuidado de niños público o privado que ofrece servicios al niño o de un centro de terapia público o privado donde vive el niño.

Cómo denunciar el maltrato o descuido que ocurre fuera de la casa

Generalmente, CPS no investiga las denuncias de maltrato o descuido de niños que ocurre fuera de la casa o de la familia del niño, sino que otras agencias lo hacen. Sin embargo, CPS normalmente investiga las denuncias de maltrato o descuido ocasionado por el personal o los voluntarios de la escuela.

La Oficina de Expedición de Licencias del DFPS investiga el presunto maltrato o descuido de niños en centros de cuidado durante el día o centros de terapia con licencia del DFPS. La Oficina de Servicios de Protección al Adulto del DFPS investiga el presunto maltrato o descuido de niños en instalaciones y centros de la comunidad del Departamento de Salud Mental y Retraso Mental (MHMR). Los otros departamentos estatales que operan, certifican, registran o dan licencia a centros investigan las denuncias de maltrato o descuido de esos centros.

La ley le permite denunciar un caso directamente al departamento responsable, pero si usted hace la denuncia ante el DFPS, ésta se enviará al departamento estatal apropiado. Si prefiere, puede hacer la denuncia a las autoridades judiciales y policiales.

Violencia familiar

También conocida como violencia doméstica, la violencia familiar es un acto de un miembro de la familia o unidad familiar contra otro miembro de la familia o unidad familiar con la intención de causar daño físico o emocional. En Texas, es contra la ley. El primer paso para ponerle un alto a la violencia doméstica es saber reconocerla cuando ocurre. Es difícil aceptar que alguien a quien usted quiere lo golpea. De todos modos, usted puede ser víctima de la violencia familiar si la persona:

  • lo empuja, cachetea, patea, estrangula, amenaza con alguna arma o le causa moretones.
  • lo ataca verbalmente o lo acusa de algo.
  • daña intencionalmente sus pertenencias.
  • no le permite ir y venir cuando usted quiera.
  • lo persigue, acosa o espía.
  • lo fuerza a tener relaciones sexuales o a hacer actos sexuales degradantes.
  • lo mantiene aislado.

En las familias donde existe el maltrato físico, el índice de maltrato o descuido de niños es 15 veces mayor que el promedio nacional. Los niños pueden sufrir daño indirectamente cuando uno de sus padres es víctima del maltrato. Puede que se lesionen tratando de proteger a su madre o padre.

En el año 2000, las autoridades judiciales y policiales informaron de más de 175,282 incidentes de violencia familiar en Texas, en los cuales resultaron asesinadas 104 mujeres por su pareja.

Nadie merece ser maltratado. Si algún aspecto de su relación le da miedo, o si alguien que conoce está sufriendo maltrato, favor de llamar a la:

Línea Nacional Contra la Violencia Doméstica
1-800-799-7233 (SAFE)
1-800-787-3224 (línea TDD para la persona con problemas del oído).

El personal de la línea directa ofrece a los que llaman ayuda para personas en crisis y envíos a los proveedores locales de servicios contra la violencia doméstica y a otros recursos. El trabajador de casos de CPS que le dio este folleto también puede tener información sobre recursos adicionales de la comunidad.

TexCare Partnership - Seguro médico para niños al alcance de su presupuesto.

¿Qué es la TexCare Partnership?

La TexCare Partnership es una nueva campaña de seguro médico para niños ideada especialmente para las familias de Texas. El propósito es ofrecer seguro médico para niños a un costo al alcance del presupuesto de las familias de Texas. La mayoría de las familias no pagarán más de $18.00 por mes para asegurar a todos sus hijos. Las tarifas son flexibles. Se basan en el número de personas, los ingresos y los gastos de la familia.

¿Quién llena los requisitos?

Los niños y jóvenes, desde recién nacidos hasta los 18 años, tienen derecho a la cobertura. ¡Todo niño puede solicitar! Llenar la solicitud de TexCare Partnership no afectará su calidad de inmigrante.

Los padres de familia pueden hacer la solicitud por teléfono llamando al 1-800-647-6558, de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 9:00 p.m.(zona central) y los sábados de 9:00 a.m. a 3:00 p.m., excepto en los días festivos federales. También pueden llamar y pedir que les manden una solicitud por correo.